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  • Foto del escritorAlberto Leonardo

Un ayuntamiento derriba ilegalmente una casa y la justicia niega la indemnización al propietario

Actualizado: 28 sept 2019

En alguna ocasión he escuchado al televisivo Presidente de Cantabria, don Miguel Ángel Revilla, decir que la justicia que no entiende el pueblo no es justicia, o algo parecido.


En este sentido, tras ser consultado por una llamativa sentencia que niega la indemnización al propietario de una casa derribada ilegalmente por el Ayuntamiento de la población, siento la obligación de comentar en nuestro Blog el resultado de la mencionada resolución al considerar que encaja perfectamente con el planteamiento del Sr. Revilla comentado al comienzo del post.


Así, tal y como se publicó en libremercado.com, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria decretó la nulidad de acto administrativo que ordenó el derribo de la propiedad de un vecino de Alfoz de Lloredo en una primera sentencia negando posteriormente la responsabilidad patrimonial de la Administración por dicho acto.

Desde Libertad Digital se nos preguntó sobre este tema y dimos nuestra opinión al respecto entendiendo que esta sentencia podría soslayar el derecho de propiedad del art. 33.3 de la Constitución Española que dice que "nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes", creando una teoría a la carta, a la vez de que resulta llamativo que se "justifique" el deber jurídico de soportar el daño por el administrado cuando se ha declarado la anulación del acto administrativo que da cabida al derribo, lo que tiene una consecuencia que me proporciona cierta dosis de pavor al posibilitar que pueda no ser indemnizado con cantidad alguna un administrado por un daño que ha sido objetivamente causado.

En este sentido, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, establece una redacción similar del derecho a la propiedad a la de nuestra Constitución, si bien esta vez elevado a derecho fundamental de los ciudadanos europeos.

En LBS Abogados entendemos que, cuando se puede considerar que se han vulnerado derechos fundamentales y/o constitucionales, hay que intentar revertir la situación mientras sea viable jurídicamente cuando menos.

Como abogado respeto todas las resoluciones judiciales aunque, lógicamente, también discrepo de la interpretación que se realiza en algunos casos por los Tribunales siendo este supuesto un perfecto ejemplo lo manifestado.


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