
NUESTROS SERVICIOS
Desde 2015 en España existe la llamada Ley de Segunda Oportunidad o "fresh start" como mecanismo que permite, a través de un procedimiento judicial, solicitar la liberación de deudas para todas aquellas personas que no puedan pagar las deudas en el caso de que se cumplan unos determinados requisitos.
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Es importante saber que la Ley de Segunda Oportunidad es aplicable a la mayoría de personas que se encuentran en situación de insolvencia, sean éstas bien personas físicas no empresarios o personas físicas empresarios y autónomos. Asimismo, es creencia habitual pensar que las deudas de derecho público como son los créditos de Hacienda o de la Seguridad Social no se pueden exonerar, cuestión ésta, que tiene matices de gran importancia por lo que, si es tu caso, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y estaremos encantados de asesorarte.
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LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
DERECHO CONCURSAL
Tanto si tienes una empresa como si eres autónomo en una situación de dificultad o crisis económica de insolvencia inminente, te podemos ayudar con la presentación del preceptivo concurso de acreedores voluntario.
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Además, en el sector de la construcción y relacionado con el derecho concursal y los créditos impagados podemos encontrarnos con una serie de delitos patrimoniales y económicos entre las que destaca el alzamiento de bienes como paradigma de las insolvencias punibles por lo que también asesoramos en Derecho Penal económico. De igual forma, el delito fiscal o posibles delitos contra los trabajadores son problemas antes los que se pueden encontrar las empresas de construcción y sobre los que nuestros abogados le pueden ayudar.
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Para estar cubierto ante estas situaciones, no dude en contactar con nosotros.
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Somos expertos en reclamaciones por vicios ocultos y defectos de construcción. Estudiamos sin coste los diferentes daños o vicios que pueda sufrir el cliente sin que éste incurra en gastos hasta tener una gran seguridad sobre la viabilidad de la pretensión.
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Contar con un equipo interdisciplinar experimentado nos facilita la estrategia a desarrollar frente a los diferentes agentes intervinientes que establece la LOE, sin perjuicio de las responsabilidades contractuales que puedan existir.
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Son daños o vicios susceptibles de indemnización los considerados de terminación en los acabados, los de habitabilidad (tipo humedades), o los estructurales que comprometan la resistencia mecánica o la estabilidad del edificio, frente a los diferentes agentes intervinientes.
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DEFECTOS Y VICIOS DE CONSTRUCCIÓN
El Derecho Inmobiliario tiene su referencia en toda la normativa que afecta a los bienes inmuebles, regulando cuestiones como son la propiedad, los derechos reales, y los negocios jurídicos sobre los mismos, es decir: contratos de compraventa, multipropiedad, arrendamiento, etc... También comprende aquellas cuestiones relativas a gestión de bienes inmuebles como licencias urbanas, licencias de obras o comunidades de propietarios, así como la normativa urbanística.
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Nuestros profesionales tienen una dilatada experiencia en el ámbito inmobiliario, especialmente en el sector de la promoción y construcción de viviendas, lo que nos permite prestar un servicio de calidad a nuestros clientes en su actividad inmobiliaria como son la compraventa de inmuebles, arrendamientos, contratos de promoción y construcción, contratos de obra, etc... con una gran capacidad de actuación tanto judicial como extrajudicialmente.
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DERECHO INMOBILIARIO
La Propiedad Horizontal alcanza en esencia a todo lo relacionado con las comunidades de propietarios. Como es sabido, en las comunidades de propietarios surgen conflictos de diversa índole, bien entre vecinos o entre éstos y la comunidad de propietarios que han de ser solucionados por profesionales especializados.
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Nuestra dilatada experiencia en el sector inmobiliario nos ha permitido desarrollar la experticia necesaria para la redacción de estatutos y constitución de comunidades en régimen de propiedad horizontal, en reclamaciones de impagos de derramas o cuotas vecinales, para la impugnación o defensa de los acuerdos alcanzados en las Juntas de la comunidad o en reclamaciones por ruidos que, entre otras actuaciones, nos hacen una apuesta segura para la defensa de sus intereses tanto mediante acuerdo extrajudicial como en vía judicial.
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